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Aprobaron ordenanza en favor de pacientes celíacos

Insta a cumplimentar el programa provincial que los apoya

Mediante un proyecto de Resolución, recientemente aprobado, el Concejo Deliberante de Bell Ville a los comercios de la Ciudad a cumplimentar el “Programa Provincial de Asistencia y Apoyo a Pacientes Celíacos y Portadores de Intolerancias Alimenticias Permanentes” creado por Ley n° 9142 y en especial los preceptuado por esta, en el Articulo 9º , que  reza textualmente:

“los productos alimenticios libres de gluten serán expuestos para su comercialización en lugares separados, para aislarlos de aquellos otros productos que pudieran contaminarlos y hacerles perder su condición libre de gluten de trigo, avena, cebada, centeno y sus derivados.” 

VISTO:

La necesidad planteada  por el Consejo Asesor Municipal, El Club de Leones Bell Ville y la Asociación Celíaca Argentina filial Bell Ville

Y CONSIDERANDO:

Que la  enfermedad celíaca o “sprue” es una dolencia inflamatoria del intestino delgado que padecen las personas predispuestas  genéticamente y que se produce por la ingestión de la proteína contenida en el gluten de cereales (trigo, avena, cebada y centeno).

Que estamos en presencia de un síndrome de mala absorción, provocado por la ingestión de dichas proteínas que causa lesiones en la mucosa intestinal, destruyendo diferentes nutrientes.

Que el inicio de la enfermedad se ubica hacia los dos años de edad, tras la introducción de gluten en la dieta  de los niños, y entre los treinta y cuarenta años de edad, cuando se trata de adultos.

Que esta enfermedad se presenta a través de diversos síntomas: diarrea crónica, vómitos reiterados, marcada distensión abdominal, disminución de la masa muscular, pérdida de peso, retraso en el crecimiento, escasa estatura, sequedad tanto en el cabello cuanto en la piel, descalcificación, inapetencia y trastornos en el carácter.

Que este Cuerpo Deliberativo convocó a la Asociación Celíaca Argentina (Filial Bell Ville), que -desde el año 1994- tiene vida en nuestra Ciudad y, desde 2006, cuenta con personería jurídica.

Que los miembros de la referida delegación local expresaron a necesidad de reglamentar la identificación de los alimentos en los comercios de productos alimenticios, esto es en supermercados, herboristerías, kioscos, etc., además de sectorizar el almacenamiento de los mismos.

Que  esta enfermedad afecta –aproximadamente- al  dos por ciento (2%) de la comunidad belvillense.

Que el “Programa  Provincial de Asistencia y Apoyo a Pacientes Celiacos y Portadores de Intolerancias Alimenticias Permanentes” creado mediante Ley Provincial n° 9142 establece –en su artículo 9°- que los “productos alimenticios libres de gluten serán expuestos para su comercialización en lugares separados, para aislarlos de aquellos otros productos que pudieran contaminarlos y hacerles perder su condición libre de gluten de trigo, avena, cebada, centeno y sus derivados.”

Que, por lo expuesto, este Cuerpo entiende que debe producir una fuerte exhortación a todos los comercios de nuestra Ciudad para que cumplan estrictamente con el referido programa provincial, como una forma de contribuir responsablemente a mejorar la  calidad de vida de los pacientes celíacos.

Por todo lo expuesto;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, APRUEBA, CON FUERZA DE RESOLUCION Nº 361/08

Artículo 1º:

INSTAR a los comercios de la Ciudad a cumplimentar el “Programa Provincial de Asistencia y Apoyo a Pacientes Celíacos y Portadores de Intolerancias Alimenticias Permanentes” creado por Ley n° 9142, y en especial los preceptuado por esta, en el Articulo 9º que reza textualmente: “los productos alimenticios libres de gluten serán expuestos para su comercialización en lugares separados, para aislarlos de aquellos otros productos que pudieran contaminarlos y hacerles perder su condición libre de gluten de trigo, avena, cebada, centeno y sus derivados.”

Artículo 2º:  

COMUNICAR la presente resolución tanto a la Asociación  Celiaca Argentina (Filial Bell Ville),  al Centro Comercial e Industrial Bell Ville, Club de Leones Bell Ville y al Consejo Asesor Municipal, cuanto a los comercios de venta de productos alimenticios de nuestra Ciudad y requerir a los medios de prensa locales su profusa difusión.

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